viernes, 24 de febrero de 2012

Sí Se Puede considera injustas y discriminatorias las nuevas tasas a aplicar en las Escuelas Infantiles Municipales del municipio de El Rosario

En un momento en el cual Canarias, ya ha superado la cifra de las 95.000 familias con todos sus miembros en paro, con una tasa de desempleo del 31% ( 8 puntos más por encima de la estatal), comunidad autónoma, en la cual, no cesa de aumentar los niveles de exclusión social, donde, estas cifras, junto con la actual política de recortes de plantilla desarrollada por el Gobierno canario en los servicios públicos, nos hacen prever desde Alternativa Si Se Puede en El Rosario, un total desmantelamiento de la Sanidad y de la Educación pública.



Situación crítica, en la cual, el Ayuntamiento del Rosario, no solo no ayuda, sino pone su granito de arena en la debacle con su desmedido afán recaudatorio, afán, que en esta ocasión, se ceba en los más débiles, incidiendo en un punto tan grave como son las tasas en las Escuelas Infantiles Municipales del municipio del Rosario.

Desde Alternativa Si Se Puede El Rosario, aunque apostamos claramente por una educación pública y gratuita de 0-3 años, considerábamos, hasta el anterior ejercicio presupuestario, que el criterio aplicado era en su conjunto mejorable, pero no discriminatorio*.



Cual ha sido nuestra sorpresa, cuando junto con la precipitada aprobación de los presupuestos municipales 2012, por el Gobierno de Macario Benítez, también se introduce lo que es aparentemente solo es una ligera modificación de dicha ordenanza, ligera modificación que sin embargo arrastra las siguientes consecuencias.

Por un lado, todas las familias afectadas, aumentan o permanecen en la misma cuota mensual, (ninguna disminuye), cuota que al ser fijada, afecta no solo al primer hijo, sino en la disminución aplicada al segundo, un  25% y al tercero, un 50%. Sin embargo, el hecho más grave, no es este, sino que familias con un nivel de ingresos notablemente inferior a otras, deben hacer frente a cuotas mensuales más elevadas como resultado de esa “pequeña” corrección introducida en el nuevo cálculo de la “renta per capita” anual de la unidad familiar, a partir de ahora, RPCAUF.

Reflexionemos en el posible, caso siguiente, dos unidades familiares, residentes municipio El Rosario, una con 4 miembros y los siguientes ingresos por miembro familiar, 2 cuentan con el SMI, 1 con una pensión de 450€ y el otro miembro no dispone de ingresos, esta primera unidad familiar percibe unos ingresos totales de (2x641,4)+450 = 1.732,80€, la otra unidad familiar, supongámosla de 2 miembros y los siguientes ingresos, los 2 cuentan con el 2,00 SMI, esta segunda unidad familiar percibe unos ingresos totales de (2 x 2,00 x 641,4 )= 2.565,60€, estableciendo un diferencial entre las 2 familias de 2.565,60-1.732,80 = 832,80€/mes.

Bien, con la antigua normativa, a la primera familia le correspondía una  RPCAUF = (1.732,80/4) =433,20€ y la tasa mensual a devengar era 0€/mes, (primer hijo), a la segunda familia en las mismas condiciones, RPCAUF = (2.565,60/2) =1.282,80€ y la tasa mensual a devengar era 150€/mes, (primer hijo), en el caso de aplicar la nueva ordenanza la situación sería, a la primera familia le correspondía una  RPCAUF =1.732,80€ y la tasa mensual a devengar de 220€/mes, (primer hijo), a la segunda familia en las mismas condiciones, de aplicación nueva ordenanza, RPCAUF = (2.565,60/2) =1.282,80€/mes y la tasa mensual a devengar sería 150€, (primer hijo) es decir un diferencial de -70€ a favor de la familia que cuenta con más ingresos, solo en el primer hijo.

Recogiendo los resultados anteriores y computando ahora, respecto al segundo hijo, si lo hubiese, 112,50-165,00 = -52,5€ también a favor de la familia con más ingresos y si hubiese un tercero, 75-110=-35€, concluyendo, si las familias, tuviesen 3 hijos, la familia con menos ingresos pagaría 157,50€ más mensualmente, que la que cuenta con ingresos superiores.

Ante esta situación y en estos momentos Alternativa Si Se Puede en El Rosario, pregunta al equipo de Gobierno de Macario Benítez, ¿está dispuesto a hacer frente, caso de aplicarse dicha ordenanza, a las críticas y descontento de los afectados, dado lo improcedente del criterio aplicado?, sino se aplica, ¿cómo afrontará al déficit presupuestario que esta omisión ocasionaría?