Todos los miembros de las Corporaciones Locales tienen derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno, cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función y deberá ser resuelta motivadamente en los cinco días naturales siguientes a aquel en que se hubiera presentado la petición de información, entendiéndose aceptada por silencio administrativo, cuando en el anterior plazo no se dicte resolución expresa denegatoria, (artículo 77 de la LBRL y 14. 1 del Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, ROF).
Ante esto, Fidel Vázquez Benito, Concejal de Alternativa Sí Se Puede en El Rosario, presentó varias solicitudes de información para su trabajo como oposición en el registro del Ayuntamiento: Con registro de entrada 9.884 y fecha de 8 de junio de 2011, con registro de entrada 14.633 y fecha de 2 de septiembre de 2011, con registro de entrada 14.750 y fecha de 6 de septiembre de 2011. En ninguno de los casos ha sido contestado, ni por supuesto en los cinco días posteriores como indica el (ROF).
Por este motivo tan evidente de falta de transparencia hacia un cargo electo, desde Sí Se Puede vamos a interponer un contencioso administrativo contra el Ayuntamiento de El Rosario. ¿ Qué quieren ocultar?